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Pluridad de acreedores: dividir minuta costas?

4 Comentarios
 
10/06/2024 19:37
Grisolía
A ver, lo voy pillando, si la cuantía es indeterminada, las costas no pueden superar los 6.000€ aunque estén personados 10 abogados?
Y luego imaginemos que empieza el pleito, cuantía indeterminada, el juez lo suspende temporalmente, la parte con un solo letrado recurre la suspensión y pierde. La parte con dos letrados gana. Nosotros que hemos ganado el recurso no podemos pedir los 6000€? El juicio no ha terminado, pero el recurso ha generado un coste y ese coste se suma al saldo máximo de 6.000€.
O un recurso de este tipo, tiene un precio más o menos fijado, digamos que 600€ redondos. no se puede pedir en costas 600€ por cada letrado? Según se comenta, hay que pedir la mitad, es decir 300€ por letrado que suma los 600€
Otra cosa es que haya que esperar a que levante la suspensión para seguir y al final pedir costas. No sé
Gracias por la paciencia
10/06/2024 16:12
No: no depende del número de letrados, sino del interés económico del pleito o, lo que es lo mismo, la cuantía que aparece en la demanda. Sobre esa cuantía se saldan las costas, y no sobre el número de letrados que participen, porque entonces si hay cinco representaciones legales, podrían pasar otras tantas facturas y podría ocurrir que las costas superan la cuantía del pleito. Por tanto, sobre esta magnitud han de echar las cuentas, y repartírselas.
10/06/2024 12:42
Grisolía
Para aclararme Intento poner un ejemplo en números:
Estoy hablando de un simple recurso a la AP, entiendo que si un recurso a la AP tiene un coste de por ejemplo 1.000€ y nosotros tenemos dos abogados y hemos ganado en costas no podemos presentar 2.000€? es decir 1.000€ por cada oposición al recurso que han presentado nuestros abogados?
Si hubiéramos perdido el recurso, a nosotros nos hubieran reclamado 1.000€ porque la otra parte solo tiene un abogado, pero nosotros tenemos dos letrados.
10/06/2024 11:05
Las costas son un máximo de la tercera parte de la cuantía del pleito. Se trata de una magnitud objetiva y autónoma con respecto a los litigantes, pues estos pueden concurrir con una o varias direcciones letradas según consideren conveniente, y la ley jamás puede estar sometida a lo que decida una parte sobre lo que le es más conveniente. Por lo tanto, calculen las costas y presenten al cobro el 50% cada representación procesal. Si les hubiesen condenado a ustedes, también sería una tercera parte de la cuantía del pleito, a dividir entre el número de litigantes (aunque compartiendo una obligación solidaria).
Pluridad de acreedores: dividir minuta costas?
10/06/2024 10:19
Buenos días, hace poco una empres nos demando civilmente a mi y a mi padre. Resulta que pidieron algo, se les denegó y recurrieron a la AP. Nuestros dos abogados se opusieron al recurso. Ellos, han perdido el recurso a la AP y les han caído las costas del recurso a la AP. (Bcn)
Nosotros tenemos dos abogados, es decir estamos personados con dos abogados y según nos comentan las costas se dividen? Es decir que tenemos que presentar las costas de los dos abogados nuestros y dividirlo por dos o sería abusivo. Yo entiendo que no
Entiendo que si hubiéramos perdido le tendríamos que haber pagado sus costas pero han perdido ellos y nosotros tenemos dos abogados.
Gracias