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Plazos

4 Comentarios
 
Plazos
02/03/2012 17:13
para interponer un recurso contencioso administrativo
si me notifican el 11 de enero hasta cuando tengo para presentar el recurso? mi duda es en la forma de contabilizar, es hasta el 12 de marzo o hasta el 11?
23/03/2012 09:02
Pues sería hasta el 11, según el Supremo, desde el 12/1 hasta el 11/3. Se puede ver en sentencia de 09/05/2008, referente a la ley 30/92 pero que habla también del contencioso, diciendo que se aplica lo mismo.
Sentencia que por otro lado no comparto, pues si el 48.2 de la 30/92 dice que "si en el mes de vencimiento no hubiera dia equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes." es que el criterio general es el día equivalente. En mi opinión la ley está diciendo que empezando un 31/8 acabaría el 30/9 por no haber equivalente, pero se deduce que empezando un 31/7 acabaría el 31/8. Pues según el Supremo acabaría el 30/8.
27/03/2012 20:51
Si te notifican el 11, es de fecha a fecha a partir del día siguiente a la notificación, o sea de 12 a 12.
27/03/2012 23:48
Respetando la opinión de Selina, que además coincide con mi criterio, si poneis en google "cómputo fecha a fecha" vereis que se habla de la jurisprudencia que ha dicho lo contrario, con lo cual yo no me arriesgaría.
Desde hace tiempo han existido las 2 opiniones; la más restrictiva se basa en que si cuentas de 12 a 12 cuentas 2 dias 12, por tanto cuentas 2 meses y un día.
Pero si te vas a la Ley 30/92 y al artículo 5 del Código Civil parece lo contrario.
El ejemplo que puse antes no sé si fue confuso porque la pregunta era sobre un plazo de 2 meses y hablé de uno de 1 mes, pero viene a ser lo mismo.
En mi opinión el criterio general de la 30/92 es el día equivalente, o lo que el 5 del código civil llama de "fecha a fecha", o sea de 12 a 12.
Pero vamos, que yo tengo la sentencia de 09/05/2008 pero ésta dice que es doctrina reiterada, y cita otra de 08/03/2006.
Es más, trabajo en la Administración y sé que hay órganos administrativos que aplican el otro criterio, o sea un día más.
En los juzgados ya no sé. Repito que no me arriesgaría; otra cosa es que se me olvide presentarlo antes, pues entonces lo presento ese día, pero si puedo yo lo presentaría antes.
28/03/2012 00:12
Me he vuelto a liar con un plazo de 1 mes.
Si hablamos de un plazo de 2 meses y se cuenta de 12 a 12 cuentas 3 dias 12; en el caso planteado, el de enero, el de febrero y el de marzo.
Reitero, no me parece que a la legislación le importe eso, pero por otro lado, la jurisprudencia es fuente del derecho.