Una trabajadora de Ayto contrato fijo discontinuo, xx h/semanales, presenta una Reclamación Adtiva el 24 agosto para que se le reconozca dicha jornada en el contrato que comenzará el 30 septiembre, no se le contesta (silencio administrativo denegatorio), se le hace el contrato el 30 septiembre con jornada inferior (ella ya tenia conocimiento puesto que habia puesto la reclamacion), y el 20 de octubre presenta papeleta de conciliación en CMAC.
Preguntas
1.- Es el CMAC competente cuando es una Administración?
2.- Para que presenta la papeleta en CMAC si ya habia puesto la reclamación?
3.- ¿estaría fuera de plazo para interponer la demanda? Entiendo que si, puesto que al ser una modificacion sustancial de las circunstancias del trabajo, el plazo para la demanda son 20 días desde que se entiende el silencio desestimatorio, es decir desde el 24 septiembre