Durante la instrucción (es decir, hasta el Auto de Apertura de Juicio Oral) todos los días son hábiles. Desde dicho Auto y tras la reforma de la LOPJ, son hábiles todos los días salvo sábados, domingos y festivos.
En los procedimientos de instruccion,según la LEcrim, todos los dias del año son habiles, o se aplica por analogia la L.E.C, Y su reforma en la que los sabados tambien son inhabiles.
GRACIAS