Es que te podrías haber ahorrado el escrito de personación. Te personas en el propio recurso. Si había un abogado ya designado tendrías que haber adjuntado la venia.
Pero si aún así querías interponer escrito de personación, no tienes que esperar a que el Juzgado haga nada, porque cada particular designa al abogado que quiera sin necesidad de que el Juzgado preste su consentimiento. Así que podías haber presentado el recurso al día siguiente o ese mismo día si hubieras querido.
Si a lo que te refieres es que no os dieron traslado para hacer el apoderamiento de la procuradora es cosa distinta. En ese caso hay Juzgados que no te notifican dándote día y hora, sino que tienes que pasarte tu un día y te lo hacen. La procu tendría que haberlo preguntado e informarse sobre esa cuestión.
Me gustaría plantearles una cuestión, presente escrito para personarme en un procedimiento civil y para presentar recurso. No recibí por parte del juzgado ninguna respuesta. Y con 5 días posteriores al escrito (tiempo suficiente para presentar el recurso), el funcionario le dice a la procuradora que ha expirado el plazo.