Por fin he presentado un convenio regulador para el divorcio firmado por los dos en el juzgado. Pero tengo motivos para dudar de que ella una vez firmado lo ratifique en el juzgado (se ha pasado muchos meses alergando el procedimiento con el unico fin de hacerme gastar mas dinero en abogados, en su caso es un familiar que no le cobra), como muestra decir que presento demanda contenciosa y firmo el convenio de mutuo acuerdo el ultimo dia posible, por no hablar de como jugo con los plazos en el tema de la impugnacion de paternidad. No me extrañaria nada que ahora quiera ir al divorcio contencioso otra vez y alargar mas el asunto.
La pregunta es, una vez entregado el convenio en el juzgado ¿Que plazos hay para que lo ratifique?
Teneis que esperar a que el juzgado de familia os llame a ratificarlo. Tal y como no9s has ido exponiendo los avatares de tu caso, es prudente pensar que no lo ratificara y es simplemente otra maniobra dilatoria del proceso.
Hablalo con tu letrado para que arbitre tu mejor defensa y pueda alegar todas las maniobras dilatorias de esta señora. No dudes que perdera ese proceso como siempre
Paciencia, lucidez y suerte
Muchisimas gracias por todas tus respuestas, es mas o menos como suponia, pero todo este alargar los plazos a mi me desespera, tengo miedo hasta de comprar nada para mi casa o hacer alguna obra antes de disolver la sociedad de gananciales, sabe que tengo la escritura firmada por ella ante notario de que tanto la casa como el prestamo hipotecario es privativo mio, pero no seria la primera vez que insinua que tengo que darle la mitad, y es capaz de pedirlo solo para alrgar los plazos un poco mas y en el ultimo momento retirar lo que ha dicho. Como hizo con la demanda de divorcio contenciosa.
Aun no se si ha ratificado o no el convenio. Esperare a que pasen unos dias mas. ¿Si archivan el procedimiento amistoso me lo notifica el juzgado o sera mi abogado quien me lo diga?
Siento ser un poco pesado, pero no entiendo que puede ganar ella alargando este asunto. Ademas de hacerme gastar dinero.
La representación procesal ante los Tribunales la ejerce el Procurador que ya hay personado.
Por lo tanto, el Juzgado le notificará al procurador, el procurador al abogado y el abogado al cliente.
El Juzgado señala el día y la hora de las ratificaciones, por lo que debe empezar por verse si ya se señaló tal día y hora y, por tanto, si existe acta de ratificación o bien acta en la que no se ratifica.
Pregunta a tu abogado, que es quien puede ayudarte.
Me alegra por ti Zamorano.
Lo triste que ya no tienes razon para seguir entre nosotros.
Espero te vaya todo muy bien y no dudo que asi sera en una gran persona como tu nos has demostrado ser.
un saludo
Gracias Ferro, vuestro apoyo ha sido muy importante para mi. Por mi parte no soy abogado y no puedo ayudar demasiado en este foro, pero en cuanto a filiaciones he obtenido una gran experiencia a costa de grandes disgustos y si puedo ayudar a alguien por aqui estare.
Muchisimas gracias a todos.
Mensaje para Zamorano:
Zamorano, me alegro enormemente de tu caso, hasta siempre amigo, que espero no sea hasta nunca, que te vaya muy bien.
Un fuerte abrazo.
Enhorabuena paisano, he seguido tu caso sin participar porque al no ser abogada no podia resolver tus dudas, pero me alegro de que hayas llegado al final de esta historia y puedas iniciar un nuevo futuro