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Plazos prescripcion y caducidad en reclamaciones

2 Comentarios
 
25/02/2009 13:40
En realidad el Abogado A es Graduado Social.
Mis respetos para los abogados y graduados sociales honrados y estoy en proceso para que quede constancia de la negligencia de ese supuesto profesional, a la sazón director de una importante consultora.
Lo que si que he detectado a la hora de reclamar como consumidor es que a sus compañeros de profesión les cuesta mucho asesorar, presupuestar y trabajar en un tema como este que va contra un compañero de colegio profesional.

A ver si alguien me puede informar acerca de prescripcion y caducidad a partir de la fecha del juicio de noviembre de 2008. Gracias
25/02/2009 10:19
Puf, pues vaya lio te hizo el Abogado A....ya has aprendido que para cantidad hay un año....qué pena que tanto abogado y la mayoria están como patatas en el tema laboral...
Plazos prescripcion y caducidad en reclamaciones
24/02/2009 19:04
La pregunta es la siguiente:
¿estoy en plazo para reclamar cantidades que se me adeudan desde octubre de 2006 y que a continuación relato un resumen de los pasos que he dado hasta ahora?


En septiembre de 2007 acudí a un profesional “Abogado A” para reclamar unas deudas en diferentes conceptos a la mercantil para la que prestaba servicios….

En octubre de 2007 este profesional envió un escrito al Centro de Mediación y Arbitraje reclamando Diferencias en nómina de octubre de 2006 horas extras extructurales Diferencias de convenio acumulado. El acto de conciliación tuvo lugar el 12 de noviembre de 2007 sin avenencia.

En diciembre de 2007 tras detectar negligencia etc en este primer profesional acudí al “Abogado B” y me dio por escrito que la papeleta de conciliación estaba mal planteada lo cual hacía realmente complicado que lograse mis pretensiones de cobro.
Decidí proseguir con el procedimiento con la idea de intentar cobrar a la empresa y/o reclamar al primero por daños derivados de su actuación profesional al “Abogado A”.

El 23 de enero de 2008 el “Abogado B” , con mi mandato, presentó en el Decanato de los juzgados la demanda en base a mi reclamación iniciada por el “Abogado A”

El 22 de Abril de 2008 Acta de Conciliación sin Avenencia y Juicio Ordinario:
“S.Sª acuerda la suspensión. Art 28 LPL por 4 días a fin de que opte entre acciones incompatibles. Si optase por la acción de S Social, en aplicación del 80. 1ºB y 139 de la LPLab 4 días para ampliar la demanda frente al INMSS y acreditar la reclamación previa, y optase por la reclamación de cantidad 4 días para aclarar ……….”

El 23 de Abril el “Abogado B” envía escrito al juzgado desistiendo de la demanda frente al INSS y aclarando las cantidades que se solicitan en concepto “Nómina octubre 2006”

El 23 de Septiembre de 2008 Acta de Conciliación sin Avenencia y Juicio Ordinario:
“La parte actora manifiesta: Que se ratifica en su demanda y previo recibimiento a prueba se dicte sentencia de conformidad con el suplico de la misma. Solicita extras, comisiones y diferencias de convenio; octubre 06 estuvo de baja, se incorporó en octubre de 06; desiste de novi 06 y octubre 07 ; 7500 es el total reclamado, mas 10% de mora, menos lo percibiod a cuenta. Letrado actor desiste de esta demanda con reserva de las acciones de reclamación de cantidad y de seguridad social.
Los demandantes presentes no se oponen al desistimiento……………..

P.D. en octubre de 2008 he reclamado al Abogado A por burofax daños derivados de su actuación profesional, también he enviado escrito al colegio profesional y posteriormente al centro de mediación de consumo (esta reclamación va por otro lado)



Muchas gracias por leer este mensaje y espero vuestros sabios consejos