Los plazos de prescripción y caducidad tributarios estuvieron suspendidos durante el estado de alarma. Los días que transcurrieron hasta que se alzó la suspensión de dichos plazos (82 días) son dilaciones no imputables a la administración (causa de fuerza mayor) y que, por tanto, amplían los plazos originales de prescripción y caducidad.
A modo de ejemplo, para que lo veas mejor. Las declaraciones IRPF/2016 tenían como plazo de prescripción 1 de julio de 2021. No obstante, dado que hemos de ampliar el plazo en los 82 días que duró la suspensión, el nuevo plazo de prescripción será 20 de septiembre de 2021.
Plazos de prescripción en procedimientos tributarios y el coronavirus.
Por favor me podrían decir como afecta a los plazos de prescripción, el estado de alerta? He leído un poco, pero no me quedó nada claro. Muchas gracias.