La licencia para la instalación del kiosko podría concederse únicamente si el interesado adjunta, a la solicitud de licencia, la autorización expresa del concesionario de la estación.
La pregunta es, ¿ aportaste esa autorización a la solicitud ?
" A nalizando la documentacion que se aporta junto al escri to de referencia, se adjunta un plano de situacion del local que pretende instalarse, observandose que dicho local se u bica ahora en la Estacion de Autobuses de Marbella.
La Estacion se ubica en Suelo Urbano Consolidado y cuenta con calificaci6n urbanistica de Sistema General de Equipamientos, destinado a Servicios de lnteres Publico y Social.
En base a esta circunstancia podemos in formar que las obras solicitadas consistentes en "acondicionamiemo de espacio para imp!antar kiosko de prensa ", podrian ser con formes con la normativa urbanistica.
No obstante, previamente a la concesion de Iicencia de obras, debera requerirse al interesado que aporte una autorizacion de la entidad concesionaria de la Estacion de Autobuses, por medio de la cual se conceda el permiso pertinente para que la mercantil interesada pueda llevar a cabo la implantaci6n de la actividad propuesta."
Esta ha sido ahora la respuesta del ayuntamiento, dice "podrían" yo entiendo que o son o no son pero esta respuesta.
Alguien entiende esto?
Un recurso de reposición, en este caso, es la impugnación de un acto desestimatorio que impide efectos positivos al silencio administrativo.
Si el ayuntamiento no responde en el plazo de un mes, podrás entender desestimada la solicitud del recurso, sin perjuicio de la obligación de responder.
Una vez realizado un recurso a la denegacion de licencia de obra menor, que plazo tiene el ayuntamiento para contestar a este recurso.
Si no contesta en plazo se puede considerar el silencio administrativo positivo?