Tengo una multa publicada en el TESTRA. Señala que tengo de plazo quince días naturales para "presentar escrito de alegaciones dirigido al órgano competente para resoliver, contados desde el día siguiente de esta publicación"
Me entran dos dudas:
1. No me señala cuál es el órgano competente ni noma que se la atribuya (¿incumple el art. 74.3 b de la LSV?)
2. Leo el art 78 de la LSV y entiendo que tienen que transcurrir 20 días de publicación, a partir de los cuales cuenta el plazo para alegar... sería incorrecto el testra? podría invalidar la publicación?
A tu primera duda por lo que se al final de cada una de las publicaciones consta el órgano que publica el edicto. Lo que me extraña es que ni en el cuerpo del edicto ni en la firma al final del mismo no conste ningún dato de la autoridad competente.
A tu segunda pregunta una cosa es el plazo para presentar alegaciones y otro el plazo de vigencia del edicto, es decir desde la fecha de publicación pasados 20 días el trámite de notificación se entenderá realizado. El plazo de para presentar alegaciones está recogido en el artículo 81 apartado 1 de la LSV.
De mi primera duda, efectivamente el edicto esta firmado por un departamento. Mi duda es si en el cuerpo del texto debe indicar el órgano competente para sancionar y la normativa que la atribuye esa competencia. Y si no sale esto es anulable?
En cuanto a los plazos, entiendo que según la LSV, , dispongo de los 15 dias (art 81.1)para alegar, a partir del transcurso de los 20 dias del art. 78. En cambio en mi testra me dan 15 dias desde la publicación, no desde que se entiende practicada la notificación, es decir, tras los veinte dias después de la publicación.
Tal vez lo estoy entendiendo mal.
Si fuese así, me darían menos días para alegar generandome una indefension.
TESTRA es el tablon edictal de sanciones de trafico.
En las publicaciones a traves de TESTRA, BOP y edictos en el Ayuntamiento, no se especifica ni el organo competente ni la normativa, y eso no es anulable. Lo que te esta comunicando la administracion es que tienes una sancion, una vez enterado de ello, te diriges a ellos y puedes solicitar copia de la notificacion inicial, donde vendra especificado todo lo que necesites