El recurso de alzada se regula en los arts. 114 y ss. LEY 30/92. El plazo máximo para resolver es de 3 meses. Si no hay resolución en dicho plazo, se entenderá desestimado el recurso. Pero si se ha interpuesto alzada contra la desestimación por silencio de una solicitud por el transcurso del plazo, se entenderá estimado el mismo si, llegado el plazo de resolución (3 meses), el órgano competente no dictase resolución expresa.
Plazo respuesta de recurso con silencio administrativo
Hola amigos, si alguien a sabe o a tenido un caso de un recurso de alzada presentado al cual le llego un silencio administrativo, cuanto fue lo que le demoro para tener su resolución??? meses, años , etc etc.