Buenas tardes New88, sólo interrumpiría la prescripción el requerimiento efectuado a la empresa de reformas si entras ambas hubiera una responsabilidad solidaria y en este caso solo sabremos si existe esa obligación solidaria entre ellos cuando lo diga un juez. Esa responsabilidad solidaria sí existe por ley entre asegurado y asegurador.
El propietario es responsable por los daños que ocasionen y provengan de su inmueble, tanto si ha intervenido culpa o negligencia (art. 1.902 CC) como si no, ya que el código civil dispone en su art. 1.910 una responsabilidad objetiva o por riesgo del que habita una vivienda “por las cosas que se arrojaren o cayeren de la misma” dentro de cuya expresión se inlcuirían los daños ocasionados por agua.
La reclamación debería ir dirigida contra la persona más solvente, que supongo que será su vecino y ya se encargará él de repetir contra dicha empresa.
Al hilo de tu respuesta me ha surgido duna duda. Si se interrumpe para la empresa de reformas (autonomo en este caso) tambien se interrumpe para el vecino o a este ultimo se le debe notificar expresamente antes del año?
Gracias por tu respuesta
Buenas tardes New88. Lo primero que debe hacer es revisar su contrato de seguro, pues generalmente esos daños por agua suelen estar cubiertos. Si estuvieran excluidos de su póliza, una vez cuantificados, envíe a través de su abogado un burofax al propietario del piso causante de los mismos reclamándole el pago, en un plazo prudencial, de la indemnización procedente, y anuncie que en caso contrario deberá recabar el auxilio judicial para no verse perjudicado ens sus derechos.
Los daños extracontractuales prescriben al año. La prescripción puede interrumpirse llevando a cabo determinadas actuaciones (por ejemplo presentar un acto de conciliación o reclamar extrajudicialmente de forma fehaciente).
Buenos días. Me gustaría consultarles, cual seria el plazo para reclamar a empresa de reformas daños ocasionados por agua en mi vivienda. ¿Cuándo prescribiría? ¿Se interrumpe el plazo de alguna manera? ¿Podría reclamar al propietario del piso si la empresa se desentiende?
gracias y un saludo