No se si se puede llamar negligencia. La juez de instruccion en penal no se pronuncio sobre el motivo. El 03/03/2011 acordo sobreseimiento provisional "con reserva de acciones civiles". Fui yo quien llegue a creer que el sobreseimiento se debio a que la juez entendio que mi ex cogio el vehiculo con mi consentimiento (o conocimiento).
He obtenido copia de la declaracion de mi ex (del 01/09/2010) y resulta que declaro solo "que el vehiculo esta en el desguace desde el verano pasado" y "que el vehiculo es suyo pero esta a nombre del denunciante" Nada mas.
Si no lo he entendido mal, su pareja dañó su vehóculo por incurrir en una negligencia. Hay un plazo de prescripción de 1 año que empezó a computar desde que le notificaron la terminación del proceso penal y la resolución, por no recurrirla adquirió firmeza (1968 del C.c.)
No es necesario pero sería recomendable, o al menos que se prepare con un experto su asistencia a juicio, ya que en caso de no conseguir acreditar ciertas cosas, desestimarán la demanda y por la cuantía no cabe recurso por lo que quedará como cosa juzgada.
Un profesional sabrá encauzar el asunto para que la pretensión prospere, o le dirá si tiene posibilidades.
Hace 6 años mi ex pareja se quedo a fuerza con un vehiculo mio, que luego destruio en un accidente. Denuncie de inmediato pero se archivo la denuncia (con recomendacion de ir a via civil) porque la ex declaro que se quedo con el vehiculo, con mi consentimiento. ¿En via civil, para reclamar una compensacion economica y otener algun documento para poder pedir la baja definitiva del vehiculo, debo acudir a un abogado si pretendo recibir una compensacion de solo 2000€ ?