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Plazo Prudente en Reconocimiento de deuda

1 Comentarios
 
Plazo prudente en reconocimiento de deuda
12/12/2010 17:26
Mi caso es el siguiente:

He firmado a través de mi abogado un reconocimiento de deuda con una ex-pareja. Esta reconoce a mi favor la cantidad de 25.000 euros a devolver un "plazo prudente de tiempo" como consecuencia de haberselo prestado para montar un negocio. Ha pasado casi un año y no se ve intención alguna de devolver el dinero, lo que ha propiciado demanda en juicio ordinario por reclamación de deuda.

Mi pregunta es la siguiente: ¿Que se entiende juridicamente "por plazo prudente de tiempo" para devolver la deuda? Mi abogado me explica que un plazo prudente de tiempo es aproximadamente 2 meses pero yo eso no lo tengo muy claro. ¿Es exigible la deuda a la vista que ha pasado casi un año y no hay intención de devolución? ¿Prosperará la demanda?
12/12/2010 17:27
¿Que ocurrirá en el caso de declararse insolvente? ¿la pueden embargar el negocio que montó con ese dinero para hacer efectiva la deuda?