en 2001 un amigo compro el mobiliario y electrodomesticos de una cocina, se emitieron dos facturas por el precio total de lo comprado, la compra conllevaba la instalacion. Al no realizarse la instalacion de forma correcta no se pago parte del precio(5.000 Euros). En el 2009 se ha presentado por la empresa vendedora, proceso ordinario reclamando lo no pagado. ¿Ha prescrito el plazo para reclamar la deuda?.