querría que alguien me confirmara si el plazo para reclamar retrasos en nómina a una Adm. Pública (universidad) en la jurisdicción laboral es de un año, y si los efectos retroactivos son también de un año.
Y si es así, otra pregunta, mientras reclame dentro de ese plazo de un año, tengo derecho a percibir ese año entero de retrasos o cuanto más tarde en reclamar (cuanto más me acerque añ fin del plazo) menos tiempo de efectos retroactivos tengo.