Estoy intentando quitarme un par de multas de tráfico y en su momento hice un recurso de reposición. El problema es que me dicen que lo hice fuera de plazo.
En el articulo 117 de la Ley 30/1992 dice:
"1. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso."
Mi pregunta es, cuando dice un mes a que se refiere exactamente, a 30 dias naturales(contando domingos y festivos) o a 30 dias hábiles???
Si alguien me lo pudiese aclarar se lo agradeceria muchisimo.
Muchas gracias.
Un mes, de fecha a fecha. Si la ley habla de meses, se refiere a fechas es decir si te notifican el 11 de junio, tienes hasta el 11 de julio para interponer el recurso de reposición, salvo que éste sea festivo y en ese caso se traslada hasta el siguiente día hábil posterior.
Matizando a jfuster1, el plazo comienza a correr desde el día siguiente, es decir, si le notifican el 11 de junio, el primer día es el 12 de junio y tiene un mes, hasta el 12 de julio, con la salvedad de los festivos que ya se ha indicado.
Me lo temía, hice el recurso pensando que un mes son 30 dias sin contar domingos y festivos, y me han contestado que no lo admiten porque esta fuera de plazo.
Gracias por aclararmelo.
Saludos