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Plazo para sentencia

1 Comentarios
 
Plazo para sentencia
26/10/2007 15:19
El artículo 447 en su redacción determina que el plazo para dictar sentencia en juicios de desahucio será de 5 dias desde la vista. ¿ También para el caso de acumulación de acción de reclamación de rentas?. Si la respuesta a lo anterior es positiva, entonces ¿qué hacer cuando la sentencia no es dictada en plazo y las llaves del inmueble objeto del litigio siguen en el juzgado?
29/10/2007 15:48
La mayor parte de los juzgados de instancia están sobresaturados de trabajo. Y es frecuente que dichos plazos no se cumplan.

Es aconsejable seguir los consejos de su abogado, con relación al funcionamiento del juzgado en cuestión.

saludos.