Mi pregunta es la siguiente: Ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ¿cuál es el plazo legal para solicitar la rescisión voluntaria del contrato de trabajo por sentirme perjudicado, con derecho a percibir la indemnización correspondiente?. Gracias.
¿Pero 20 días hábiles o un año?. Vamos a ver. Hubo una sentencia del TS en 2012 para unificación de doctrina, mediante la que se determinó la inaplicación de los 20 días hábiles para la rescisión del contrato al amparo del art. 41 del ET (MSCT), dando por válido el plazo genérico de un año. Pero si leemos el art. 59.4 del ET, en su actualización de octubre de 2014, no me lo deja claro si son 20 días o el año dicho plazo.
Yo tengo entendido que un año, que se ha de seguir el procedimiento ordinario sin plazo de caducidad alguno siendo el plazo de prescripción el mismo que está establecido para cualquier otra acción derivada del cto de trabajo que no tenga plazo especial.
Es cambio sustancial de las condiciones de trabajo un cambio de encargada a dependienta, aunque el suelo se mantenga?. El plazo para denunciarlo sería apartir de la comunicación escrita? Si no hay comunicación escrita tras solicitarlo en varias ocasiones verbalmente, se les puede reclamar por burofax y si no hay respuesta denunciar solicitando la rescision con la indemnización que corresponda??
gracias
Hola Sermisan75,
Eso mismo que te han hecho a ti me han hecho a mi. Yo di los pasos que tu has indicado, no tenia nada por escrito ni me lo daban. Denuncie y estoy a escasas semanas de juicio
Yo mañana mandaré burofax solicitandolo. Además en la nomina del ultimo mes le han descontado un día por absentismo por un día que no fue por hospitalización de su madre y justificante del hospital entregado. Están intentando que se vaya sin ninguna indemnizacion.
Yo solo te puedo decir que no queda otra que tener paciencia, que un buen abogado laboralista te vaya asesorando de cada movimiento que tienes que hacer y demanda tras demanda y esperar a que lleguen las fechas de juicio