Las incidencias de un pleno se tienen que hacer constar en el acta que se levante a petición de cualquier concejal. Un pleno no es una resolución administrativa contra la que quepa recurso en plazo, por lo que, si un pleno no adopta forma de resolución, que no se, si cabe tal posibilidad, alopeor no se puede recurrir. No obstante, presenta un escrito ante la corporación, mostrando tu desacuerdo con el punto concreto y solicita una respuesta.