Hola. Claro que importa el régimen pues debe ser en el régi,men general para poder pedir el paro tras el cese . el tiempo no importaría . Podría ser 2,3,4,5,6,7 ó ....días.
Saludos
Hola. Mi consejo es hacer la solicitud cuanto antes dentro de los 15 días hábiles siguientes al alta médica Si no dispones de certificado digital, puedes hacer una presolicitud a través de :
https://sede.sepe.gob.es/portalSede/flows/inicio
Si después anulasen al alta médica, se comunicaría al SEPE y se devolvería las cantidades percibidas cuando se cobrase la baja de nuevo.
Por otra parte si ahora no pidiese cobrar el paro sino que únicamente se inscribiese en el SEPE y encontrase un trabajo y a los pocos días la cesasen por no superar el período de prueba , entonces no le descontarían el tiemp transcurrido entre el despido y la fecha del alta.
En su caso, depende de la fecha del despido y de las posibilidades de encontrar más o menos pronto un trabajo , le interesará o no pedir el paro o sólo inscribirse.
Saludos
Buenas noches.Estando de baja por enfermedad común, despidieron a mi mujer de su trabajo el cual llevaba 20 años.La baja la cojio el 26 de agosto del 2019 y el motivo fue por depresión y ansiedad.A los tres meses de estar de baja la mutua le cambio el motivo de la baja pues le entro un cáncer orofaríngeo el cual a día de hoy se encuentra bien. Con todo este jaleo del covid se cumpolieron los 365 dias de baja y ya se hizo cargo de su it el inss. A primeros de septiembre paso por el tribunal del inss y el dia 19 de octubre vino la resolución del inss otorgándole el alta medica por curación del cáncer. La notificación llego a nosotros el dia 22 de octubre.El día 23 de octubre presente escrito de disconformidad con el alta médica del inss pues el motivo principal de la baja que era depresión a dia de hoy no sigue curada y está en tratamiento.El motivo principal de la baja lo cambio la doctora de la mutua cuando le comunicamos la nueva enfermedad.A ella le esta pagando la it la mutua que nos dijo que todo el tiempo que estuviera de baja le descontaba para el computo del paro.Pero mi duda surge a raíz del alta pues ahora le pagaría el desempleo el sepe.Como presente escrito de disconformidad lel inss tiene 11 dias naturales para contestar si sigue de alta o de baja.SI sigue de baja perfecto pues sigue cobrando por la mutua.Pero si se ratifican en el alta hay que arreglar la prestación por desempleo en el sepe.Se que se dispoine de 15 días hábiles para presentar la documentación.Pero desde donde comienza a contar esos 15 dias ¿desde el dia 19 de octubre que fue cuando me notificaron el alta medica o desde que se resuelva el escrito de disconformidad que presentamos ante el inss? . He llamado a la mutua y sepe y no saben decirmelo con claridad y nuestra preocupación es que se nos pase el plazo para presentar la documentación ante el sepe.Por favor a ver si alguien sabe del tema o ha estado en nuestra situación no paro de mirar por internet y no lo encuentro y el propio servicio telefónico del sepe tampoco sabe y la mutua me parece que menos.GRACIAS A TOOS