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Plazo para interponer recurso de reposición

4 Comentarios
 
Plazo para interponer recurso de reposición
19/05/2016 16:24
Estimados Sres., os quería plantear la siguiente cuestión a ver si me podéis dar una respuesta clara:

Se le comunica a la parte demandada la providencia del juez el viernes 10 de abril de 2016, se tiene en cuenta que las siguientes dos semanas a esa no existe ningún día festivo excepto los domingos. ¿Que día y a qué hora acaba el plazo para interponer el recurso de reposición?

El objeto del litigio es un cambio sobre las cuotas de la comunidad, a la que se oponen 6 de los 8 propietarios.

Un cordial saludo.
19/05/2016 21:06
Hola,
Entiendo que estamos en civil, no en administrativo -que sería un mes- el plazo para interponer recurso de reposición es de cinco días, el día 10 de abril fue domingo, difícilmente se boticaria nada ese día; si hubiera sido viernes, el plazo seria el viernes siguiente, día de gracia hasta el siguiente lunes a las tres de la tarde.
Un saludo,
20/05/2016 02:36
Sí, sería civil como comenté en el primer mensaje. Tiene razón, me refería al año 2015 y puse 2016, de ahí que no coincidieran los días.

Una pregunta más, el plazo acabaría el viernes 17 a las 23:59, tal como dispone la LEC con el plazo de 5 días, pero ese período de gracia ¿dónde viene recogido? ¿se da siempre en todos los casos?

El juzgado que ha dictado la providencia ha sido el de Primera Instancia de Barcelona.

Un cordial saludo.
21/05/2016 14:26
Cómo es eso de que el cambio de cuotas sea aprobado por el 25% con la oposicion del 75%?. Ni la Junta de la comunidad de vecinos puede hacerlo, ni el juez puede darlo. Hay que respetar las mayorías por encima de todo, y con un 75% no hay acuerdo que se resista.
21/07/2016 12:29
CrimPn
Buenos dias, a ver si me podeis dar vuestra opinion
Soy un particular y una empresa me reclama a traves de un procedimiento monitorio 1.900 euros. Interpuse (sin abogado ni procurador) recurso de reposicion en el plazo de cinco dias contra la diligencia de ordenacion del LAJ oponiendome a la reclamacion (me piden ese dinero pero no hubo servicio prestado) y cite como infringidos una serie de articulos del codigo civil.
Ahora la otra parte me ha impugnado el recurso de reposicion basandose en que debía haberme basado en la infraccion de cuestiones de forma y no de fondo, y que las de fondo tenia que haberlas alegado en otro escrito de oposicion. Los autos han quedado para la resolucion del recurso.


¿creeis que debo impugnarlo? ¿o no merece la pena porque puede que el recurso esté resuelto?