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plazo para dictar sentencia.

10 Comentarios
 
Plazo para dictar sentencia.
perfil Dum
23/03/2006 15:09
hola, en un proceso contencioso-advo. el plazo para dictar sentencia en 1ª instancia son 10 días.
hace 5 semanas que fue la vista, y todavía no hay sentencia, ¿es esto normal?
23/03/2006 19:02
claro que es normal, los procuradores si no presentan dentro de plazo un escrito no se lo admiten, pero los plazos de los Juzgados....... no se cumplen nunca.
perfil dp
23/03/2006 20:22
Con un poco de suerte antes de Navidad tendrá la sentencia, pero no se sabe el año.
Hay que tomárselo así, o llorar, o coger una metralleta y ....
Pero como tú te retrases 1 solo minuto: extemporáneo. Vulgo = finito, firme.
Una vergüenza.
perfil Dum
24/03/2006 12:28
Bueno, pues me relajaré esperando.
Lo malo es que cada día que pasa es un perjuicio para mí y para mi familia, pero que le vamos a hacer, si estos dioses llamados jueces no te conceden su gracia divina habrá que aguantarse.
Gracias.
perfil Dum
20/04/2006 12:24
... Y sigo esperando, ya llevo DOS MESES de espera.
Llamé al juzgado y me dijeron que ya no era el tiempo que llevaba esperando, sino lo que todavía podía esperar, que ese juzgado funcionaba así.
20/04/2006 12:41
Te está pasando exáctamente lo que nos pasa a diario a los abogados ejercientes. Lo malo es que los clientes creen que somos nosotros los que no "movemos" el asunto, cuando estamos a merced de la idesincrasia de cada Juzgado a la hora de pasarse por el forro los plazos.
20/04/2006 19:15
Estimado dum:

Los plazos que debieran cumplir los Juzgados nunca se cumpen escudándose en la coletilla de que "están muy colapsados". Si encima le han manifestado que ese Juzgado funciona así, es que le ha tocado uno de los lentos. No le queda pues más que armarse de paciencia infinta y esperar, y esperar.

Suerte.

Un saludo.
09/07/2010 12:09
Queria preguntarle a Maire que ha querido decir con eso del procurador, ¿puede colaborar el procurador en el retraso de la sentencia?. Muchas gracias a todos
10/07/2010 13:15
josemanuelss, se refiere a que si un procurador por ejemplo presenta un recurso 1 día más tarde del plazo legal establecido, pues, el juzgado se lo desestima PERO los jueces con la EXCUSA de que tienen mucho trabajo, pues hacen lo que les da la gana es decir dictan sentencia cuando su capricho le venga la gana, con esa excusa se tumban todas las normativas y leyes sobre plazos de ejecución y otros, entonces ¿para qué sirve la Ley, está claro que para ellos no cuenta.
A ver en qué otras empresas "justifican" la tardanza de sus empleados conque "hay mucho trabajo" o "está saturado", falta de vergüenza es lo que necesitan esos "dioses", y cuando no, se pasan horas enteras en las cafeterías, y luego están "SATURADOS", no creo que sea de trabajo.
10/07/2010 13:18
dum, yo estuve espèrando por una sentencia 5 meses hasta que me enteré de que ese mismo juzgado ya había despachado setnencias sobre casos que se juzgaron más tarde que el mío, me presenté con abogado en ese juzgado a ver cómo iba la "cosa", envié queja al CGPJ y ¡Oh milagro! 3 días más tarde resolvió, ¡Santa Tecla!!

Se conoció el caso de una chica, pero esto ya fue culpa del abogado que tenía menos sangre que un mosquito en invierno, que tardaron en resolver sentencia 6 AÑOS!! para no creerlo pero así fue, vamos anda.
10/07/2010 13:24
Por cierto, resolvió a favor mío contra una administración, por un tema peliagudo aunque muy, muy, muy claro, pero claro enfrente tenía a la administración, y para eso me hizo esperar 5 meses.

Sé que en otros Juzgados como los de Asturias y Zaragoza en los contenciosos tardan 7 días en resolver todas las demandas, entonces, ¿por qué tardan tanto en otras comunidades y provincias? ¿acaso exite "conocimiento de causa"? irónicamente hablando.