Mi pregunta es la siguiente.
Cuando la administración no resuelve un recurso de alzada, queda abierta la via judicial.
El plazo para interponer el recurso es de seis meses a contar desde que segun su normativa especifica debia resolverse el recurso verdad?
Es decir que si el plazo para resolver un recurso de alzada es de tres meses y no me resuelven, a partir de esa fecha tengo seis meses para interponer recurso contencioso?
Cuanto tiempo antes de los seis meses es conveniente presentar el primer escrito?
Es necesario presentar certificado de acto presunto? si lo pido, cuando es procedente pedirlo?
Tienen obligación de contestarme a la solicitud de certificado de acto presunto?