Hola a todos.
Una pregunta sencilla (o eso creo), me gustaria saber el plazo que tiene un ayuntamiento para concederte una licencia de obra??
En el caso mio la he solicitado el 22 de diciembre de 2005 y no me han dicho nada, se supone que el 22 de marzo de 2006 cumple 3 meses desde que la solicité, ¿¿¿a partir de ese dia podría pedirla por silencio administrativo????
Gracias y saludos.
Sunstroke
Convendria que consultaras la Normativa Urbanistica del Planeamiento vigente en el municipio. En esa normativa debe venir regulado el plazo para conceder la licencia.
En caso de que no este regulado, seria de aplicacion la Ley de Procedimiento Administrativo (creo que seis meses para el silencio administrativo).
A tener en cuenta, que el silencio administrativo, sera positivo solo caso de que no existan incumplimientos de normativa en la edificacion que se pretende ejecutar.
Salvo mejor opinion.
Hola sunstroke. ¿Es en Madrid capital? El Ayuntamiento modificó el año pasado la Ordenanza, y en tu caso ya te la habrían concedido por silencio administrativo hace varias semanas.
Se me paso decir de donde soy, es en Valladolid, mas bien en un pueblo a 15 km de la capital, por lo que me imagino que estara regulado por la ley de urbanismo de castilla y leon el tema este de las licencias.
Lo he leido y en el art 97 dice que hay un plazo de 3 meses para conceder la licencia, al menos eso pone, pero no tengo ni idea.
Saludos
Sunstroke
Si, tengo el proyecto de arquitecto visado y tambien el aparejador, solo me falta la licencia de obra.
Hoy he estado en el ayuntamiento y me han dicho que las licencias tienen 3 meses para concederla por silencio administrativo y claro el 22 de marzo se cumplen los 3 meses y me ha dicho que me pase con la solicitud y me dan "otro papel" en el que me imagino que diran que ha sido CONCEDIDA por silencio administrativo. vale, voy al banco y me dice que con el silencio administrativo que no les vale, que tengo que llevarles la licencia de obras, que si ilegal, que si...... total por no fiarse ni soltar la pasta. Me pregunto para que sirve eso del silencio administrativo si despues no te vale para nada?????... no me dan la hipoteca segun el banco pues para que sirve????. increible lo de este pais, es increible, si vas de legal te dan ostias por todos los lados y si lo haces a tu bola no te hacen nada..... lo dicho increible lo de este pais. de verdad.
Saludos
Sunstroke
Deberias esperarte hasta el 22 de marzo, antes de hacer nada. El silencio administrativo si te sirve y con el podras obtener, mediante una instancia la licencia de obras, si vas al ayuntamiento antes con dartes ellos un papel requiriendo mas información o cualquier otra gaita comienza de nuevo todo el plazo.
Pues si que voy a esperar al 22 de marzo, mas que nada porque no me queda otro remedio. He hablado con el arquitecto que me hizo el proyecto y si, me dice que solicite en el ayuntamiento el dia 22 de marzo la licencia por silencio administrativo, que en teoria no debia de haber problema y que la administracion esta obligada a resolver... bueno, ya veremos como acaba todo esto. Lo que me temo es que el banco no va a tragar y no me dara la licencia porque como me dijo que eso del silencio administrativo no le valia para nada, pues al final tendre que buscarme otro banco... no se.... ya veremos... ala a esperar al dia 22. que largo se me va a hacer la espera... snifffff
Saludos
¿Tienes ya pagados los derechos y tasas por licencia de construccion?.
Si ya has pagado, el dia 23 de marzo, te presentas con un el escrito en que solicitas licencia por silencio administrativo y acompañas fotocopia del pago.
Si no has pagado, en el escrito que presentes solicitando la licencia de construccion por silencio administrativo, haces ofrecimiento del pago cuando hagan la liquidacion.
No hay que darle al Ayuntamiento, la excusa de no dar la licencia por falta de pago.
no he pagado nada, en el ayuntamiento me dijeron que me mandaban una carta diciendome que tendria la licencia lista y para pagar por supuesto. me han dicho que sera el 2,2% del presupuesto que tengo en el proyecto del arquitecto.
Me imagino que lo mas seguro que cuando vaya el dia 22 y me den la licencia por silencio administrativo tendre que pagar y asi me la daran, digo yo.... no se... estas cosas ni me suenan, son cosas que no se suele hacer todos los dias.
Pero tendrás una copia de la instancia con un sello de entrada de la solicitud de liscencia? por que si no tienes un papel con la entrada no tienes nada que demuestre la fecha
si, cuando la solicité en diciembre me dieron "la solicitud" para pedir la licencia de obras. Vienen mis datos, datos del arquitecto, presupuesto, direccion de obra... etc y abajo pone "todo ello según proyecto tecnico visado y las correspondientes hojas de encargo que en copias compulsadas presento en este ayuntamiento. Por lo cual solicita a V.S. que previos los tramites oportunos proceda a conceder licencia municipal de obras".
En........ a dia...... de 2006 y firmado por mi.
de todas las maneras, me podríais decir que es lo que tengo que hacer entonces el 22 cuando vaya al ayuntamiento????
Si no estoy equivocado, voy..... les entrego la solicitud de licencia de obras y ellos me dan un papel en el que consta que tengo la licencia de obras concedida y que tengo que pagar lo que corresponda y tener en la obra este papel "el del silencio administrativo" con el resguardo de pago. Y cuando realmente este la licencia me diran que me pase a por ella, pero mientras tanto me imagino que sera asi, tener "papel de que ha sido concedida por silencio administrativo y el resguardo de pago".
Vamos por lo que he deducido sera asi, creo yo.
En realidad Sunstroke no va a tragar ni el banco, ni la cia de segusos, ni la OCT... etc, etc. y el plazo son tres meses. ROAS. Un consejo de amigo: Ves cada día a tocar las p...... en el servicio técnico municipal, al final te la dan para no tener que aguantarte más. Desgraciadamente es lo más rapido. Empezarla por silencio administrativo es un suicidio. Estás obligado a ira acompañado de mucha gente para empezar una obra, y sin una licencia nadie va a querer ir contigo.
Yo opino que esperes, que ese es un derecho que gans y no pierdes, despues presentas una instancia solicitando no la licencia sino la expedición de la misma al entender que se te ha concedido por silencio administrativo y si si encimas vas todos los dias al dar el coñazo pues igual te sirve de algo mas, pero no pierdes un derecho que tienes a la vuelta de la esquina, la OCT en principio le da tres leches que tengas licencia o no ellos se limitan a comprobar el proyecto y la ejecución de la cimentacion y la estructura y si es autopromoción ni te hacen falta legalmente (a memos que pienses venderla en los proximos 10 años) la CIA de seguros aun es pronto y tampoco se suelen meter, eso si el banco no te suelta ni un duro sin la licencia
En la PRACTICA si no quieres tener problemas a la hora de contratar el decenal, tienes que hacerlo ANTES de comenzar la obra y te la aseguran al amparo de una licencia y contra los informes que va emitiendo la OCT, y ademas una OCT que les guste, no vale cualquiera. La teoría es una cosa y la práctica otra muy distinta ( como la utilidad real del silencio administrativo ). Todo va concatenado. Si no, prueba a que te aseguren una obra sin licencia, a ver que te dicen... Como algún forero te apuntaba al principio no se entienden otorgadas bajo ningún concepto facultades contrarias al ordenamiento jurídico por silencio administrativo, y esto en el caso de un proyecto de obras mayores es como si te para la guardia civil en medio de la carretera, ya puedes ir cumpliendo a rajatabla todo el código de circulación, que si te quieren empapelar te van a empapelar. Cualquier chuminada o divergencia en la interpretación de algún aspecto técnico de tu proyecto le sirve al ayuntamiento para justificar la denegación de licencia y dejarte con el culo al aire por mucho acto administrativo probatorio que puedas presentar demostrando el silencio positivo. De todas formas, también es cierto que si la obra que piensas hacer es para uso propio te lo puedes tomar de forma más relajada, aunque legalmente tienes la consideración de PROMOTOR de la obra y consecuentemente estás obligado a cumplir con las obligaciones formales de dicha figura. Te aconsejo que leas la LOE (ley ordenación de la edificación) es cortita y clarificadora.
En el escrito que te mencionaba el 15/03/2006, incluye una advertencia al Ayuntamiento de posible solicitud de indemnizacion por perjuicios causados si no te entregan la licencia, por ejemplo mayor coste de la edificacion por la espera y otros perjuicios que se te ocurran.
La "practica" de muchas compañias de seguros es elegir ellos la OCT pero ni mucho menos de todas, es más, en algun caso se ha conseguido contratar un seguro decenal para una vivienda que en principio no tenia OCT. La LOE no impone la contratación del seguro decenal antes de la construcción, es más, la valoración del riesgo por una compañia de seguros se produce con el ultimo informe de la OCT y no con el primero.
Para ser precisos, la practica de las Cias de seguros es darte a escoger entre las tres o cuatro que ellos consideran fiables.
La frase "en algún caso..." indica por si sola la excepcionalidad del hecho.
Efectivamente la LOE no impone la contratación del seguro antes de la construcción, lo impone el SENTIDO COMUN (o práctica, si quieres) si no quieres arrastrarte al final de la obra por todas las compañias de seguros mendigando una prima, que, en el mejor de los casos, te van a cotizar duplicada respecto a su valor contratada al inicio y que vas a tener que pagar por c....es. si es que quieres hacer una declaración de obra nueva e inscribir tu construcción en el registro.
Que no lo diga una ley no implica que tenga que ser así. TODAS las leyes tienen puntos de divergencia con la realidad. Por ello y con el objeto de acomodarse a esta, las normas se revisan y actualizan constantemente si es que los intereses políticos no lo impiden.
Por poner un ejemplo te dire que la ordenanza de contaminación acustica de Barcelona le exige a las instalaciones de aire acondicionado para uso domestico un umbral de decibelios que NO CUMPLE NINGUNA MAQUINA EXISTENTE en el mercado. Aqui tienes, pues, un ejemplo del idiota autocomplaciente que se queda tan ancho pensando en lo progresista que la ha quedado la normativa y en el gran bien público que va a otorgar al consumidor pidiendo cosas que NO SE PUEDEN cumplir.
Este sencillo ejemplo es extrapolable a una gran parte del ordenamiento urbanístico. En cualquier caso querer hacerle creer a Sun.... que con el silencio adminstrativo va a llegar muy lejos es, además de una irresponsabilidad y dicho sin ánimo de ofender, una clara muestra de desconocimiento real del procedimiento en la promoción inmobiliaria. Si ya le resultaria complicado a un promotor profesional, imagínate a uno accidental.
No obstante es cierto que entre tenerlo y no tenerlo, pues mejor lo primero, pero su utilidad real, al menos en este caso, no es otra que la de presionar al servicio técnico para que otorgue la licencia.