Hola amigos, expongo mi problema:
Ejecute en Septiembre del 2010 demolición de obras por incumplimento de retranqueos.
El 25/10/2010 solicité Licencia de Obras acompañada de Proyecto Técnico, pues bién si no tengo mal entendido en el periodo de tres meses obtendría la Licencia por silencio adminsitrativo, podría iniciar las obras, se trata de poca cosa, por supuesto que cuento con el cumplimiento mas esquisito de la normativa urbanística, avalado por el Colegio. Como lo veis. Se podría demandar en daños y perjuicios al Ayuntamiento por la inactividad, debido al gasto que supone por ejemplo toda la cuestión de Proyecto y Visado, entre otras cosas. Gracias y un abrazo.
Si consideras que el proyecto cumple con el planeamiento y ha transcurrido el plazo establecido para resolver, puedes estimar concedida la licencia por silencio.
Sin embargo debes tener en cuenta que en ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo licencias en contra de la legislación o del planeamiento urbanístico. Es de eso de lo que debes estar seguro.