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Plazo para abandonar vivienda

2 Comentarios
 
24/01/2013 09:04
Buenos días:

Normalmente dan un plazo determinado para que cojas "tus" pertenencias y abandones la casa.
Bueno como te ha comentado garti si la sentencia es firme tienes que abandonar la casa enterate si es firme habla con tu abogado.
En segundo lugar te recomiendo lo siguiente para curarte en salud, acude al notario que este más cerca de tu domicilio pide que levante una acta notarial aportando fotos del estado que dejas la vivienda y con todas las pertencias que dejas sobretodo para demostrar el estado que las dejas.
Esto que te cuento lo hice por recomendación de mi abogado y fue muy valioso.
En tercer lugar le haces un requerimiento notarial que le dejas las llaves de la vivienda aL NOTARIO para que se las entregue a tu ex. (importante dejar constancia notarial que despues de hacer el acta notarial le entregas las llaves al notario y no vuelves a entrar al domicilio)

Todo esto te costará 200€ dependiendo de las fotos que hagas sino recuerdo mal yo hice unas 15-20.
Haz fotos donde el campo de visión sea lo más amplio posible y que demuestren que los suministro de casa como la luz, agua etc funcionan.
Haz fotos de todas las habitaciones y todo aquello que sea de valor como muebles electrodomesticos etc.

En fin todo esto es por tu seguridad y para un futuro si tu ex decide abandonar la vivienda demostrar lo que tenias alli y por si se le ocurre hacer un destrozo y te quiere echar la culpa) ojo cuando le hagas el requerimiento, que el notario le avisas que el acta notarial es cosa tuya que no se tiene que enterar tu ex y tú por supuesto te callas y lo guardas en oro en paño.

Si tienes alguna duda consultame porque yo pase por lo mismo.
SUERTE
23/01/2013 23:21
Tienes que cumplir lo que dice la sentencia. Si no dice nada de día, ni plazo. Te tienes que marchar ya.
Si no lo haces, tu mujer pedirá la ejecución de la sentencia, y el Juez te obligará.

De que pida la ejecución de la sentencia hasta que te obliguen a abandonar la casa, podrás dilatar un poco más la estancia en la casa, pero te pueden pedir que pagues las costas del juicio por no cumplir la sentencia.

Sobre la Guardia Civil, la manda el Juez, y hasta que tu ex no pida la ejecución de sentencia, el Juez no te va a enviar la Guardia Civil.

Sobre el cambio de cerradura, si ella tiene llave, lo puede hacer, aunque no se si es legal que lo haga así, ya que tú tienes tus pertenencias allí y se arriesga a que tú digas que te falta algo. Te aconsejo que cambies la cerradura hasta que te vayas de la casa. Y que lo hagas antes de que pida la ejecución. O envíale un burofax informando que necesitas unos días para hacer el traslado y que te irás en tal fecha.

En cuanto lo de la jurisprudencia, normalmente le dan el uso de la vivienda al niño menor junto con el cónyuge que tiene la custodia, hasta que sea mayor de edad. No lo se, hay que ver cada caso. A lo mejor se la han dado porque tiene unos recursos económicos muy inferiores a los tuyos.
Plazo para abandonar vivienda
23/01/2013 21:47
Acabo de recibir sentencia de divorcio en la que se le atribuye el uso a mi reciente ex.
Hoy mismo me ha enviado un e-mail preguntando cuando abandonaré la vivienda y me ha llamado mi abogado porque le había llamado la abogada de ella presionando mucho para que deje el piso ya.
Me iré lo antes posible pero quiero saber si legalmente hay un plazo estipulado, más que nada por si me encuentro mañana la Guardia Civil o la cerradura cambiada.
También aprovecho para consultar si conoceis jurisprudencia en el sentido de que aún habiendo obtenido custodia compartida en contencioso le han atribuido el uso sin ningún límite temporal.

Saludos y gracias,