Hace unos años, para cancelar o no renovar la póliza de seguro de un coche, era necesario hacerlo en un plazo de dos meses antes del vencimiento. Pero el 1-1-2016 creo que la ley cambió y el plazo obligatorio es de solo UN MES. ¿Podría alguien experto en solventar mi duda e indicarme el método lega más eficaz para comunicar a la compañía la decisión y así evitar ficheros de morosos etc?Gracias a quien pueda ayudar.
No esperes al vencimiento, en cualquier momento puedes dar de baja o cancelar tu seguro a favor de otra compañía. Llama por teléfono y te indicarán como tienes que hacerlo. Si lo haces antes de que venza el seguro te devolverá el dinero del tiempo que le queda hasta vencer. Al menos yo lo hice así sin problema.
Un saludo.
Gracias, RubénLópez, pero algunas compañías son muy "ratoneras" y te enredan o asustan en las consulotas telefóicas. Creo que sería más seguro hacerlo por escrito, pero fundamentando el escrito en alguna cita legal (ley, decreto, etc).¿Cuál seria la adecuada?
Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (LOSSEAR) ha introducido en la Ley de Contrato de Seguro.
Uno de ellas se refiere al artículo 22. Como ya hemos avanzado, los cambios suponen la reducción a un mes del preaviso del tomador para oponerse a la prórroga de la póliza de seguro. Sin embargo, se mantiene en dos meses el plazo para que la aseguradora comunique las modificaciones en la póliza o su deseo de no renovarla. Además, se hace referencia a que las condiciones y plazos de la oposición a la prórroga de cada parte deberán destacarse en la póliza.
Esto es lo que queria?