Puedes solicitar la ejecución inmediata, abriendo una pieza de ejecución provisional. Las citaciones se hacen siempre en la propia finca. Suponemos que eres letrado, por lo que mira los artículos LEC 164, 526, 525 y 703; y pide la ejecución provisional. Si no hay rastro de los ocupantes probablemente te fijarán día y hora para el desalojo.
Plazo legal para sentencia en firme desahucio por precario
Tengo una gran duda.
Después de haberse dictado sentencia a favor de los demandantes en un juicio por precario, nos indican que no se puede pedir alzamiento hasta que la sentencia sea firme y que esta será firme, cuando haya pasado un plazo de 20 días a contar desde la notificación a la parte contraria (plazo legal para recurrir la sentencia). La parte contraria no se encuentra localizable y deben de hacer varios intentos de notificación y luego edictos.
¿Es cierto esto?. si es así, el plazo es muy flexible (indefinido) y depende de cuantos intentos o edictos se publiquen.
saludos y gracias.