He finalizado recientemente mi contrato con la empresa y deseaba consultar que plazo disponen para entregarme el certificado de empresa, documentación para solicitar el subsidio de desempleo y el finiquito. ¿He de esperar hasta el día en que normalmente me ingresan la nómina, para recibir el finiquito?. Creo que el certificado de empresa son 10 días, ¿el finiquito también se rige por este plazo?.
En cuanto a los papeles del paro, tienes quince días habiles para presentarlos, luego tienen que dártelos antes de ese plazo. Opino que pasados unos días debes acudir a la inspección para que los entreguen allí. En cuanto al finiquito se devenga en el momento de finalizar el contrato. Otra cosa es que esperes al día del pago general como cortesía y además porque te interesa. Pero, has pedido a tu empresa o gestoría que te lo arreglen.?
Si he lo he solicitado a mi empresa pero me indican que hasta fin de mes no me los pueden facilitar, aunque dada la fecha de fin de contrato(17/09) si espero a fin de mes a recibir la documentación considero demasiado justo el tiempo para tramitar el paro. En todo caso aún no he recibido el certificado de empresa ni el finiquito pero la empresa me ha ofrecido un nuevo contrato con otras condiciones, no es una prorroga ya que recibí el aviso de fin de contrato de la empresa, pero supone una reduccion sensible de la jornada laboral, mi pregunta es:
¿Puedo firmar un nuevo contrato sin haber firmado la baja del anterior? ¿Si la respuesta es afirmativa, es aconsejable? o es mejor firmar antes el fin del anterior.
No veo ningún problema en que firmes un nuevo contrato aunque no hayas firmado la baja del anterior.
En cuanto al plazo de entregarte la documentación están en plazo ya que si acabaste el 17/09/06 no te finaliza el plazo de 15 días habiles hasta primeros de octubre.
Si tu firmaras un nuevo contrato en las mismas condiciones, te diría :ya, sin preocuparte de los papeles del paro ni de la liquidación. Ahora bien, si se trata de un contrato en el que la jornada laboral es distinta, te digo que me pones en un compromiso, especianmente si la baja involuntaria obedece a una causa justificada. Digo, tú no has de firmar la baja y nadie te va ha ofrecer que la firmes. Tu problema es tan especial que sólo tú podrás valorarlo y tomar una decisión preguntándote, cuanto voy a ganar, cuanto cobro del paro, caundo se me acaba éste, puedo encontrar en mis condiciones un trabajo mejor. Es decir esas preguntas o parecidas que nos hacemos todos a diario.
Actualmente existe un servicio para las empresas llamado certific@ a través del cual envían directamente los certificados al INEM. Si en tu empresa lo han utilizado aunque no te llegue el certificado físicamente en papel el INEM tiene los datos y podrías tramitar tu prestación a partir del momento en que estás de baja.
En cuanto a lo del nuevo contrato coincido con eze en que es algo personal y que tendrás que decidir si te interesan las nuevas condiciones. Eso si, la estadística dice que es más fácil acceder a un trabajo mejor estando empleado que en la lista del paro.