Hace dos meses que se celebro un juicio en el que resultaba yo como demandante, hasta ahora el juez no ha emitido sentencia, quiero saber si hay algun plazo establecido para que el juez emita sentencia y que procedimientos hay para solicitar emisión de sentencia, pues se trata de un juez expedientado con falta muy grave anteriormente por retrasos injustificados y sentencias sin dictar
Artículo 434. Sentencia.
1. La sentencia se dictará dentro de los veinte días siguientes a la terminación del juicio.
(Esto se refiere a un juicio ordinario)
Artículo 447. Sentencia. Ausencia de cosa juzgada en casos especiales.
1. Practicadas las pruebas si se hubieren propuesto y admitido, o expuestas, en otro caso, las alegaciones de las partes, se dará por terminada la vista y el Tribunal dictará sentencia dentro de los 10 días siguientes. Se exceptúan los juicios verbales en que se pida el desahucio de finca urbana, en que la sentencia se dictará en los cinco días siguientes, convocándose en el acto de la vista a las partes a la sede del Tribunal para recibir la notificación, que tendrá lugar el día más próximo posible dentro de los cinco siguientes al de la sentencia.