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Plazo de resolución en Reclamación Patrimonial

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Plazo de resolución en reclamación patrimonial
03/11/2011 19:47
A ver si alguien puede resolverme la duda que expreso al final: Un familiar interpuso reclamación patrimonial al Ayto. de Málaga por una caída en la calle, a consecuencia de unas obras, dentro de plazo, con fecha 28-04-2010. El Ayto trasladó el expediente a la Consejería de Obra Pública y Transporte de la Junta de Andalucía, por tratarse de obras del Metro, comunicándonos la Junta que debíamos volver a aportarles (ahora a esta otra Admón.) los informes médicos, fotos, etc y todo nuevamente. Tras otra comunicación recibida para abrir el período de prueba, tras haber examinado dos peritos médicos (uno de la Junta y otro enviado por la sociedad que gestiona el Metro) y practicadas las pruebas dentro de plazo (envío de fotos, radiografías, dictámenes médicos y testimonio de testigo por escrito), que fueron presentados en la Junta con fecha 26 de Mayo de 2011, y habiendo transcurrido ya más de 6 meses desde que se inició el procedimiento y desde el traslado por el Ayto. a la Junta, no tenemos constancia de ninguna resolución. ¿Debemos entender que ya ha expirado el plazo para resolver y por tanto es silencio negativo? ¿No se supone que el plazo de 6 meses computaba desde el inicio del procedimiento? ¿O se computa desde la última comunicación recibida por nosotros desde la Admón.? Gracias! Excelente foro.