Si ha solicitado una modificación y no se resuelve y notifica en el plazo de tres meses, puede entender su solicitud desestimada por silencio administrativo. Distinto sería si hubiera sido una renovación de autorización, donde el sentido del silencio administrativo es positivo.
Si llega el día en que se cumple el plazo para resolver y notificar y no ha recibido usted notificación, puede entender desestimada su petición. Esto es sólo a los efectos de que usted pueda interponer el recurso administrativo correspondiente o el recurso contencioso-administrativo, pero la Administración sigue estando obligada a resolver expresamente, sin vinculación alguna con el sentido del silencio.
Buentas tardes, el día 17 de este mes se cumplen los 3 meses que supuestamente es el plazo para que salga una resolución en extranjería,
hice una modificación de residencia a residencia y trabajo por cuenta ajena. Hace un mes envié un mail a extranjería para preguntar por mi trámite y me dijeron que apenas estaban tramitando los de marzo, el mío lo hice el 17 de mayo. Ahora es donde surge mi duda, a ver si podéis ayudarme, sabiendo lo que tarden en tramitar los permisos y que el trámite lo realicé en Mallorca y hace un mes estaban por los de marzo, es posible que mi resolución tarde mucho más? ya que cada día miro la web de extranjería y aún pone en trámite. Había pensado en ir estos días a extranjería y directamente preguntarlo ahí, pero algunas personas me dicen que no es buena idea ya que los funcionarios son un poco "especiales" y al igual y les puede molestar o sentirse presionados.