Una duda breve, el plazo de un año para reclamar cantidades a la empresa si se interrumpe con una papeleta de conciliación, una vez pasada la conciliación, ¿ cuento con otro año de plazo o con lo que resta hasta cumplir el primer año?.
Entiendo que al ser un plazo de prescripción al interrumpirlo vuelve a reanudar desde cero, ¿ me equivoco?