Hola, mi duda es la siguiente: a mi ex le concedió el juez el uso de la vivienda en
2013 hasta la liquidación de gananciales que concluyó este año, desde entonces la comunidad no se ha pagado, soy yo el propietario de la vivienda, puedo reclamar esos gastos desde 2013 o parte de esos años han prescrito y ya no puedo reclamarlos? Gracias de antemano
Aclarar que la comunidad no se ha pagado desde entonces acumulándose entre derramas y comunidad una deuda de casi 9000€ que me tocará pagar a mi como propietario
De cara a la comunidad siempre te ha correspondido a ti, como propietario, tus asuntos con tu ex a la comunidad ni le van ni le vienen. Según el convenio (un asunto entre vosotros) podría corresponder al ocupante hacerse cargo, que sería una responsabilidad hacia ti, no hacia la comunidad (aunque se la hubiera pagado directamente a esta). Sería por tanto una reclamación como cualquier otra derivada de una sentencia de familia, puedes reclamar hasta 5 años atrás. Lo "normal" (habría que ver la sentencia en su momento, o lo que se aplicaría en caso de no decirse nada al respecto) son solo los gastos ordinarios de comunidad, no los extraordinarios. Es decir, hasta 5 años atrás, pero las derramas no entran, solo gastos ordinarios de limpieza, mantenimiento, etc.