En caso de despido disciplinario no opera el preaviso, es lógico pues se supone que es la sanción de faltas laborales del trabajador.
El preaviso solo se aplica a las terminaciones de contrato por extinción del tiempo pactado o a las bajas voluntarias, en el caso del trabajador.
Un saludo
La decisión empresarial de extinguir un contrato de trabajo por motivos disciplinarios está regulada, en su forma y efectos, en lo dispuesto por el art. 55 del ET.
Queremos despedir a una persona que tiene contrato indefinido, que lleva más de un año en la empresa ¿debemos notificarlo con 15 días de preaviso?
Nota: El despido sería disciplinario