Hola, mi problema muy resumido es el siguiente:
Mi madre tiene una parcela en un su pueblo de la provincia de Cuenca,la cuestion esque dicha parcela paso de rustica a urbana pero no aparece en catastro, por lo que no tributa en rustica ni en urbana, en el año 2003 el Alcalde del municipio tuvo a bien hacerme un escrito e informar que mi parcela habia pasadoa tributar en urbana(cosa que no es cierta pues no aparce en catastro)total que tras hablar hace un par de años con el secretario del Ayuntamiento nos dijo que buscaramos un topografo e hicieramos un levantamiento topografico, se hizo pero tampoco les valio porque el pleno no lo aprobo, asi que el dia 26 de Noviembre de 2010 presente una instancia en el Ayuntamiento al que le solicite un certificado del Libro Inventario de Bienes al fin de acreditar que la parcela de mi madre no consta a nombre del Ayuntamiento, dicho certificado lo necesito para poder hacer las gestiones ante el Catastro,lo que quiero sabes es si ¿ siempre son 3 meses el plazo que tiene un Ayuntamiento para contestar a una solicitud,? Y en caso de que no me constesten (lo mas seguro que no lo hagan) ¿que hago o a quien me dirijo para que me hagan caso? tambien me gustaria recordales antes del dia 29 que tienen la obligacion de resolver, pero no se si es buena idea. Contestarme por favor, ya no se que hacer. Muchas gracias de antemano.
El Ayuntamiento puede modificar el régimen de los terrenos aunque no sean suyos, dependiendo de los planes urbanísticos.
Una cosa es el catastro y otra el Registro de la Propiedad correspondiente y en los pueblos se dan situaciones kafkianas por irregulares.
Yo me iría a pedir una "hoja" informativa sobre esa parcela al Registro de la propiedad de la Comunidad, a ver a nombre de quien sale. Lo más probable es que "no" salga a nombre del Ayuntamiento porque en su día os notificó el cambio a terreno urbano, con lo cual consta de alguna manera la titularidad de tu madre en ese Ayuntamiento.
Si no aparece en el Registro a nombre de tu madre, habría que iniciar un expediente de inmatriculación, o de primer registro.
El plazo para la contestación dependerá de si hay una regulación específica o no para los temas urbanísticos o para una solicitud concreta. Si no hay ninguna regulación al respecto son tres meses.
Pero no haces nada con esto, no tienes nada que recurrir, sólo has solicitado un documento. Vuelve a solicitarlo.
Si no... tendrás que introducir un recurso ante el órgano superior, normalmente suele haber un Tribunal Administrativo que se ocupa de las alzadas de los Ayuntamientos, no sé si en Cuenca existe o tendrías que ir directamente al Contencioso.