Hola; ante una reclamación de responsabilidad patrimonial, la administración no resuelve, y no he acudido al contencioso a la espera de la Resolución. Se ha pasado el plazo de 6 meses para acudir al contencioso y no resuelven. He solicitado la resolucion expresa y no contestan; que solución tengo;
¿espero indefinidamente a que resuelvan interrumpiendo el plazo del año?
¿solicito certifícación de actos presuntos y me voy al contencioso a pesar de que transcurrió el plazo?
¿como puedo obligar a la administración a resolver y así que se me reabra el plazo para el contencioso;
gracias
supongo que a estas alturas ya te habrá resuelto elproble otro compañero o compañera. Yo hasta hoy no he accedido a esta página pero me permito recomendarte, si no lo has hecho ya, que presetnes queja ante el defensor del pueblo o su homónimo si es de una comunidad autónoma, reclamando tu derecho a ver resuelta de forma espresa tu solicitud. A mi me ha dado buen resultado SIEMPRE
muchas gracias Serafin, no me había contestado nadie. Lo que he hecho ha sido solicitar la Resolución expresa, pero no me hacen caso, y estoy esperando que pasen tres meses para ir al contecioso por inactividad de la administración. Probare con la queja al defensor del pueblo. El tema es en Cantabria. Un saludo.
Dejo el vehiculo aparcado en un recinto que explota una empresa privada que tiene una concesion administrativa con el ayuntamiento y cuando vuelvo a recogerlo tiene un bollo. En el contrato entre la empresa y el ayuntamiento aquella asume la responsabilidad por los daños de los vehiculos. ¿Dejo reclamar al ayuntamiento tambien o solo a la empresa concesionaria?
hola, respecto del plazo para presentar contencioso, yo creo que se te ha pasado. la administración tiene un plazo (que a falta de determinación expresa es de 3 meses) para contestar tu petición. si no existe respuesta en dicho plazo, se entiende desestimada la solicitud, y a partir del cumplimiento de dicho plazo comienzas a contar seis meses para ir al contencioso. éxiste resolución, sólo que ésta no es expresa, pero eso no quita para que los plazos cuenten como si hubiera sido expresa.