Por si acaso presenta las alegaciones antes del día 15 de agosto.
El mes de agosto es inhábil a efectos de procedimiento administrativo, cuando la administración lo haya declarado así, exprésamente, mediante publicación fehaciente, no lo es como norma general.
Tengo que presentar un escrito de alegaciones a una reparcelación urbanística. Hay un mes.
Se publicó en el boletín de la provincia el 14.7.08 y a mi me notificaron por carta certificada el 29.7.08.
El plazo lo tengo hasta el 14.8.08 o 28.8.08? El mes de agosto es inhabil.