Acaban de plantar una serie de árboles en la finca colindante a mi urbanización que resulta ser un campo de golf. En un periodo medio largo obstaculizarán las vistas de las plantas bajas y primeras de varios bloques de la comunidad. Estos árboles están situados a una distancia de 3m aproximandamente de la colindancia entre propiedades. La perdida de vistas deprecia las propiedades, por lo que me gustaría saber si se puede recurrir de alguna manera la reubicación del los mismos al llevar unicamente 2 semanas plantados y ambas fincas llevan mas de 10 años en activo. Gracias.
Esos árboles están plantados de conformidad con la ley, tanto en distancia de la divisoria como en lo relativo a vistas panorámicas. Cabe la posibilidad de que existan ordenanzas en el ayuntamiento que exijan otras distancias y que incluso señale qué especie arbórea puede plantarse en esa zona, o que, en fin, proscriba la posibilidad de que sencillamente se planten árboles. Por lo tanto, han de consultar con su ayuntamiento y en su caso auxiliarse de un perito de la zona.