mira la ordenanza zonal, porque es probable que esa calificación no sea más que un modo de dar normalidad al uso existente, un uso que probablemente no está previsto en la norma zonal
dicho de otro modo: es probable que en esa zona no esté permitido el uso ocio-hostelero, al menos en planta primera o en edificio no exclusivo, y lo esté en ese edificio por preexistente ... y es probable que el ayuntamiento vea con buenos ojos el cambio de uso a residencial vivienda
Planta de edificio con calificación de ocio y hosteleria
soy propietario de un piso en un edificio de 2 plantas
la planta baja está destinada (y calificada) como comercial
La planta primera está calificada como Ocio y Hostelería; se trata de una antigua pensión abandonada desde hace 20 años
La planta segunda (donde se ubica mi piso) está calificada como residencial
el caso es que me han ofrecido comprar la planta primera y me podría interesar para reformar, hacer apartamentos destinados al alquiler, en un principio de larga estancia, aunque no se descarta en un futuro (o una parte de ellos) como de alquiler turístico
El caso es que no sé en qué me afectaría exactamente su calificación urbanística.
ES posible que no me den licencia? podrían no dejarme reformar o una vez reformado alquilar?
Podría hacerlo pero tendría que poner una hotel (o pensión) con recepcionista.......)?
Se puede cambiar esta calificación? Los trámites con complejos, caros, largos.....?