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plan de pensiones y subsidio

8 Comentarios
 
Plan de pensiones y subsidio
12/12/2012 17:11
Buenas tardes a todos, a ver si me podeis hechar una mano. Mi padre viene cobrando el subsidio para mayores de 52 o 55 años, ya que anteriormente fue autonomo y nunca tuvo derecho a prestacion.
El año pasado recupero el plan de pensiones en el tenia 11.754 euros, lo cual hemos declarado en el IRPF junto a los 5.112 del subsidio del ejercicio, teniendo un total de rendimientos de trabajo de 16.866 euros.
En el INEM nos dicen que tenemos que devolver el subsidio del año 2011. es esto correcto?los planes de pensiones computan integramente, y ademas pierdo el derecho todo el año??el dinero se utilizo para el pago de la hipoteca de la vivienda habitual, por si sirve de algo, y han sido los unico ingresos que cobro mi padre en todo el año. gracias de antemano, si alguien me puede informar un poco, por que menudo disgusto nos han dado.
un saludo y felicidades porque me parece que los expertos que colaboran son fenomenales
12/12/2012 17:43
Cuando se rescata un plan de pensiones hay que comunicarlo inmediatamente al SEPE. Esta cantidad se entiende como pago único y habría que supender el subsidio durante un mes. Posteriormente al mes, se podría volver a solicitar y hacer un recálculo de rentas.
La otra posibilidad que tiene es declararlo cuando le toca hacer la declaración anual de rentas del subsidio. Si lo declara en ese momento, tendría que devolver lo percibidio desde que rescató el plan hasta la solicitud de declaración.
Si desde que rescata el plan, no se detecta el cobro del rescate ni cuando hizo la declaración anual de rentas porque presenta el ejercicio fiscal anterior donde no viene reflejado el rescate, sino a la siguiente declaración como puede haber sido este caso al presentar el ejercicio fiscal del 2011, entonces se produce extinción del derecho y tiene que devolver lo cobrado.
Saludos.
12/12/2012 18:24
Una duda que me acaba de surgir.

¿Si en vez de tratarse del rescate de un plan de pensiones, se hubiera tratado de un FONDO DE INVERSIÓN, se tendría que considerar el importe total rescatado dividido por 12 meses o los INTERESES generados por el fondo de inversión dividio por 12 meses?

Gracias.

Un saludo.
12/12/2012 18:26
Ni el importe total ni los intereses. LAS GANANCIAS dividido por doce. Recuerda que ya durante el periodo que estaba invertido se le estaba calculando el rendimiento productivo o presunto.
Saludos.
12/12/2012 20:52
A ver si me he enterado.

Plan o fondo de pensiones: el total rescatado dividido por 12 meses. Si el plan de pensiones es de 1500€, tendré que contabilizar 1500€ : 12 meses = 125€.

Fondo de inversión: En su día, invertí 1000€. Ahora lo rescato y tengo 1500€. Tengo que contabilizar 500€ : 12 meses = 41,66€.

Imagino que en un plan de jubilación se aplicaría el mismo criterio que en un fondo de inversión.

¿Es así?

Gracias.

Un saludo.
12/12/2012 21:35
Así es.
Saludos.
12/12/2012 21:37
Muchas gracias.
Un saludo.
13/12/2012 00:22
carol2011.

Tienes 10 días desde la notificación del SEPE para reclamar, aunque lo tienes bastante difícil.

Si el SEPE contesta a tu reclamación en la misma línea (lo más probable), puedes demandar. Creo que tienes un plazo de 20 días después de recibir la notificación de la respuesta del SEPE a tu reclamación.

Lo que yo haría es leerme MUY detenidamente la sentencía que cito a continuación: Sentencia T.S.J. Castilla y Leon 1825/2009 de 2 de Diciembre.

Si crees que tu caso es igual que el de la sentencia, consulta con un abogado. Él podrá aconsejarte sobre si merece la pena que reclames y que presentes una denuncia (lo más probable es que tengas que llegar a juicio).

Es la única pequeña posibilidad que veo.

Un saludo.







13/12/2012 16:43
gracias a todos por vuestra ayuda os mantendre informados