hace años me adherí a un plan de pensiones promovido por la diputación de mi provincia al que he seguido aportando mensualmente. Ahora, la entidad gestora ha renunciado y la comisión de control del fondo de pensiones ha acordado sustituir la entidad depositaria por otra en virtud del art. 85.1.a) del RD 304/2004 de 20 abril. Aún desconozco si las condiciones del plan serán las misma o si deben
La cuestión es si estoy obligado a mantener el fondo con la nueva depostaria, si puedo elegir otra a mi criterio o, incluso, rescatarlo. ¿Me pueden ayudar?