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Plan de ordenacion municipal, caducidad

4 Comentarios
 
Plan de ordenacion municipal, caducidad
12/09/2019 16:08
Buenas tardes;

Tengo que hacer unas consultas en materia de urbanismo para solicitar una licencia urbanística, pero me surgen unas dudas;

1.- ¿Los planes de Ordenación Municipal están vigentes mientras que no haya uno nuevo o caducan en algun momento?
2.- LOS Planes de Actuacion Urbanizadora que se contemplan en ellos ¿ Ocurre lo mismo? Siempre son validos mientras no haya modificacion del POM.

es que en cuestion el que nos ocupa tiene una antiguedad de 14 años. Por eso preguntaba,

Gracias por vuestras respuestas.

Saludos
12/09/2019 16:12
Maykelangelo
Una aclaración, básicamente lo que necesito saber es si mi parcela, incluida en un PAU en el POM de 2005, continua estando dentro de ese PAU es decir si es suelo Programado o suelo No programado.
12/09/2019 21:47
Maykelangelo
Los planes tienen duración indefinida.

Si desde su aprobación no ha sido revisado el POM o modificado el PAU, la situación de tu parcela no ha cambiado
13/09/2019 13:44
alga
Muchas Gracias Alga por tu respuesta. Mi pregunta viene motivada por que en el día de ayer solicite la instalación de una acometida de desagüe (el agua la tengo puesta desde el año 1991). Imagino que existiría también desagüe ya que no veo mucha lógica en llevar el agua pero no un desagüe por donde evacuar. No obstante desde el consistorio me indican que no es posible realizar el conexionado de dicho desagüe, a pesar de tenerlo a tan solo 7 metros de distancia, ya que en suelo urbanizable no se puede autorizar dicho enganche.

Yo he leído algunos artículos en la web en los cuales se indica que si; el ayuntamiento esta obligado a dotar de los servicios a los vecinos que lo soliciten sea cual sea la ubicación de la parcela, sin perjuicio de que tenga que ser el propio interesado quien costee la infraestructura. (Igual no estoy en lo cierto y he interpretado mal el artículos)

Mas que nada me estoy informando por que he planteado la solicitud al ayuntamiento y , en caso que la respuesta sea negativa, me gustaría saber por donde puedo replantear mi solicitud.

Lo dicho Alga, muchas gracias por tu respuesta.
13/09/2019 20:08
Maykelangelo
En suelo urbanizable el ayuntamiento no tiene ninguna obligación de dotar de servicios al ámbito, desarrollar urbanísticamente el ámbito es un deber de los propietarios, previo acuerdo y aprobación municipal de los instrumentos urbanísticos exigidos legalmente.

Por supuesto, mientras no haya aprobado el planeamiento del ámbito y hayáis ejecutado las obras de urbanización conforme a proyecto, ninguna licencia de obras se podrá conceder, excepto que prestéis garantía de ejecución simultánea de las obras de urbanización.