sería despachoc ompartido con vivienda habitual,y pagada del todo, no se debe nada ,no hay estatutos de comunidad se rige por la ley de propiedad horizontal.asi que refiriéndonos a la misma me puedes responder?te lo agradeceria infinitamente pues ando un poco perdido con el tema,dentro de poco en Octubre hay reunión vecinal y quisiera tenerlo todo atado.
Por la redacción, presumo que es una vivienda convertida en consulta, en exclusiva o compartida con la vivienda.
EL primer problema que puede tener es la legalidad del uso de una vivienda como consulta, despacho, etc. Pueden existir limitaciones de uso distinto al de vivienda.
Pero eso depende de:
- calificación de la vivienda, y
- Estatutos de la Comunidad, si los hay. Ojo, una cosa son los Estatutos y otra el Reglamento de Régimen Interior. El Reglamento no puede enrar en este asunto en concreto, pero los Estatutos sí.
quiero poner un cartel enla puerta de entrada y ,no sehace una junta hasta dentro de seis meses para poder solicitar permiso a los vecinos.puedo ponerlo a condicion de loqu e se decida en junta?debo informar al administrador y al presidente?por escrito?el acuerdo de los vecinos en junta para su aprobacion basta de mayoria simple?los locales pagan su cuota correspondiente y ellos tienen carteles luminosos ,no pidieron permiso alguno,se les equipara conmigo en esa situacion?