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pisos con renta antigua

5 Comentarios
 
06/07/2006 18:24
Hola..me puede alguien aclarar si el

La señora que tiene alquilado nuestro piso de renta antigua hace tiempo que no vive en el, lo hace en casa de su hija.el que lo habita es el hijo.me han indicado de este foro que esto no es legal y podemos reclamar.me pueden referir en oviedo a algún abogado que se dedique a estos temas..muchas gracias,,

Jose Alfredo
03/07/2006 16:55
Buenas tardes.Me pueden indicar en oviedo de agún bufete de abogados o abogado,que pueda ayudarme con los temas antes mencionados?-ya que la abogada que tiene mi hermana en esa localidad siempre le habia comentado de que nada se podia hacer para desalojar del piso al hijo de la inquilina que vive desde hace años en el piso.

Muchas gracias.
perfil Jan
30/06/2006 12:35
Hola josealfredo. Gracias por responder a mis preguntas.

En su caso la cáusa podría ser LA NO NECESIDAD DE LA VIVIENDA POR PARTE DEL ARRENDATARIO:

a) Cuando la vivienda no esté ocupada por el ARRENDATARIO durante más de 6 meses en el curso de 1 año, salvo que la desocupación obdezca a justa cáusa( art 62.3 LAU 1964). Dicho plazo( 6 meses) se debe computar de fecha a fecha y no por año natural.. En cuanto a la "justa causa" la Jurisprudencia ha admitido, vg, la enfermedad del arrendatario siempre y cuando esta no sea permanente, las derivadas de la inhabitabilidad de la vivienda y los motivos laborales.

Indicarle además que el hijo de la arrendataria no tiene derecho a ocupar la vivienda, pues al no habner fallecido la anterior titular arrendaticia( su madre)no puede haber subrogación.

En cuanto a las obras realizadas en el inmueble. Se trata, por lo que usted comenta, de Obras de Mejora( arts 112 y 113 LAU 1964). Aquí habría que diferenciar si dichas obras afectan a un único arredantario o a varios.

En el primer supuesto. Dichas obras necesitarán el consentimiento del arrendatario. Una vez prestado este, la participación del mismo en el pago de dicha obra se deberá fijar de mutuo acuerdo entre Arrendador y Arrendatario, no existiendo lmitación alguna ni en cuanto a su cuantía, ni en la forma de reparto

En el segundo supuesto. Se necesitará el consentimiento de al menos tres quintos de ellos. En este caso, el aumento convenido deberá establecerse, en proporción, a la renta que respectívamente estuviesen pagando los arrendatarios

Si se obtiene el consentimiento de TODOS los arrendatarios el aumento de la renta se establecerá en la forma que líbremente acuerden.

Los pisos y locales vacíos, así como los ocupados por el arrendador/es, si se viesen afectados por la mejora, dberán computarse a efectos de ditribución del coste de la obra.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
29/06/2006 22:45
1.el contrato es anterior al 1985.
2.si ha habido la subrogación del esposo al morirse a su esposa.
3.aparentemente por la edad muy mayor
4.se ha añadido un nuevo piso a un contratista que como pago ha mejorado totalmente el edificio.incluso ascensor que no tenia.el acuerdo fue hecho por los propietarios de dicho edificio.

muchas gracias por atenderme

un saludo
perfil Jan
29/06/2006 11:15
Hola jose. Por favor,responda a las siguientes preguntas:

1) ¿ El contrato de arrendamiento es anteror o posterior al 9 de mayo de 1985?

2) ¿ Ha habido alguna subrogación?Es decir,¿ su arrendataria se subrogó, vg , a la muerte de su esposo?

3) ¿ Cual es el motivo por el que su arrendataria dejó su vivienda y se fue a vivir con su hija?

4) ¿ Qué tipo de obras se llevaron a cabo en el inmueble?( conservación o mejora) ¿ Dichas obras furon iniciadas a petición del Arrendador, de su Arrendataria o fue acordada por resolución judial o administrativa firme?

Un saludo.
Pisos con renta antigua
28/06/2006 18:29
Hola..tengo un piso de renta antigua donde la señora que lo ocupa desde hace muchos años no vive en el lo hace en casa de su hija.el piso lo ocupa su hijo,.se puede hacer esto?Por otra parte el edificio ha sido completamente renovado,cambia la situacion de la renta en estos casos..muchas gracias