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piso portero arrendar

2 Comentarios
 
30/03/2004 14:41
No conozco el regimen foral. El ordinario sería que cada comunero se incluirá en su declaración del IRPF el coeficiente de propiedad sobre la renta anual obtenida. A partir del ejercicio de 2003, si las rentas obtenidas por una comunidad de Propietarios supera los 3000,00 € existe obligación de presentar una declaración por parte de la Comunidad. Mod 184, asignando a cada propietario su coeficiente de participación y la cantidad que corresponde a cada comunero.
saludos
30/03/2004 10:52
por favor, necesito una respuesta
Piso portero arrendar
29/03/2004 13:05
Una comunidad de propietarios va a arrendar el piso del portero.
Qué obligaciones fiscales existen: ¿ La comunidad deberá presentar declaración de la renta y luego, cada comunero declarar en IRPF el importe que le corresponda por su participación en esos ingresos?

Escribo desde Vizcaya; aquí no existe obligación de practicar la retención a cuenta del IRPF.

Ruego me indiqueís cómo va todo esto de la obligaciones fiscales,
Gracias.