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piso para hijo

8 Comentarios
 
04/06/2008 22:05
tienes que pinchar en nuevo mensaje pero desde la pagina principal del foro, sin abrir ningun mensaje, porque si no, lo que escribes se añade a este.
04/06/2008 19:56
Me podrias decir como tengo que hacer para abrir mi propio mensaje??gracias.
04/06/2008 08:23
robert34, me parece que tu pregunta no esta relacionada con la mia, seria mejor que, ya que estas dado de alta, abras una nueva para que asi te puedan contestar a ti directamente.
04/06/2008 03:40
Que derechos tengo,llevando dos años viviendo en la casa?
04/06/2008 03:37
Si le compro esa parte a mi madre o la recibo en herencia cuales serian mis derechos sobre la casa?.me podrian alquilar la casa?'gracias.
04/06/2008 03:31
vivo en una casa heredada por mi madre y sus dos hermanos,llevo dos años en ella y la he restaurado durante estos dos años.ahora mi tia quiere alquilarla a otras personas, me dice que si la quiero alquilar yo, me la alquila por el mismo dinero que a cualquiera,a lo cual mi madre me da su parte, y mi madre no quiere alquilarla.la puede alquilar sin el consentimiento de una de las partes herederas?.gracias.
03/06/2008 17:20
Hola Jan, gracias por responder. Te comento, he estado revisando el contrato, se les hizo uno nuevo en febrero de 2.007, y en él está las siguientes clausulas:
PRIMERA.- D. XXXX XXXXXX, cede en arrendamiento a D. XXXXX XXXXXX el uso de la vivienda antes descrita, durante el plazo de un año, a contar desde el día 1 de Febrero de 2.007.

SEGUNDA.- Una vez transcurra el plazo pactado, el contrato no se prorrogará obligatoriamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, debido a la necesidad de ocupación que puede tener el arrendador, para su familia y para si.
TERCERA.- No obstante lo establecido en la anterior cláusula, si el arrendado, por cualquier circunstancia no tuviese necesidad de ocupar la vivienda, el arrendamiento se prorrogará por sucesivas anualidades, hasta un total de cuatro, salvo que durante la duración de cualquiera de ellas el arrendador tuviera necesidad de ocupar la vivienda, para cuyo evento, el propietario, con una antelación mínima de dos meses al vencimiento de esa anualidad, pondrá en conocimiento del arrendatario tal circunstancia, a fin de que no se dé lugar a la siguiente prórroga.
Asimismo, las partes acuerdan que para el caso de que cualquier de ellas quisiera rescindir unilateralmente el contrato con anterioridad a su vencimiento, bastaría con un preaviso de dos meses para que dicha rescisión fuera efectiva.
¿Qué te parece?, según esto, una vez que se les comunique ¿tendría dos meses para irse? o por el contrario ¿habria que esperar hasta la finalizacion del contrato, es decir, febrero de 2009? ¿me podrias indicar que poner exactamente en la carta?
perfil Jan
03/06/2008 13:25
Hola ariana. Por favor, responda a las siguientes preguntas:

1)Fecha de celebración del contrato.

2) Duración inicialmente pactada en el mismo( 1,2, 5, 6..años).

3) ¿ Han realizado algún otro contrato con los mismos arrendatarios?.

Reciba un cordial saludo.
Piso para hijo
02/06/2008 17:42
Mi padre tiene un piso alquilado desde el año 2000 más o menos, tendria que confirmar la fecha, lo que es en el mes de febrero, la cuestion es que yo ahora me quiero ir a vivir alli, y me gustaria saber que plazo minimo debemos darle para que deje el piso, asi mismo, si es posible me gustaria me indicaran una carta tipo para comunicarselo y si es indispensable que se le envie por burofax, habitualmente mi padre va a cobrar la renta en mano y se le podria entregar en ese momento por duplicado para que la firme. Gracias.