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Piso ii

1 Comentarios
 
Piso ii
13/01/2011 21:21

En Cataluña, en el hipotético caso de fallecimiento de mi suegra, el piso en el que vive, que está a su nombre, queda como herencia. Su actual pareja con la que se casó por lo civil,¿A que tendría derecho? ¿Mi esposa que es hija única, a que te ndría derecho? ¿El esposo de mi suegra estaría obligado a vender para repartir? El piso es 100% de mi suegra, el padre de mi esposa no se llego a casar con mi suegra, se lo compro ésta al abuelo de mi mujer.Creo que mi suegra no ha hecho testamento. Si lo hiciera a favor de mi esposa ¿Sería mejor para muestros intereses?..."creemos" que el esposo de mi suegra sudamericano, sólo se casó por interés. Se conocieron por internet y con la excusa de legalizar papeles, ya se sabe... la lió. No es por avaricia nuestra, es por prevenir, si es que aún se puede hacer algo, gracias de corazón. Una pareja preocupada.
15/01/2011 09:05
Opción: Que tu suegra done el piso a su hija, quedandose con el usufructo. Tu esposa pasaría a ser nuda propietaria, y al fallecimiento de su madre, tendría la propiedad en pleno dominio, ya que el usufructo no se hereda, por lo que no podría pasar a su marido.
El marido de tu suegra, no tiene porqué enterarse.