Si tu hermano es propietariopodra disponer y no tendra mas limites que los que deriven del cto de arrendamiento. Otra cosa es que por lo que dices puede que esos problemas que dice que tiene tu hermano den lugar a una incapacidad juridica, en cuyo caso no podra disponer, ya que se necesitaria autorizacion judicial
Buenas,
intentare ser breve. Mi hermano tiene un piso a heredar a su nombre cuando fallenzcan mis padres. Tiene una minusvalia reconocida, y problemas psiquicos. Mi otro hermano, el segundo, esta como arrendatario en dicho piso. Este segundo hermano se va a casar y quisiera saber si al hacerlo y tener descendencia, mi hermano disminuido puede disponer cuando quiera del piso en caso necesario a futuro o la esposa de mi segundo hermano puede adquirir algun derecho sobre el piso.